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Mujer abusada que mató a su esposo es indultada por el gobierno español

Fue el mismo tribunal que condenó a la mujer maltratada el que propuso al Gobierno central que la indultara de forma parcial una vez la sentencia fuera firme.

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El Gobierno español concedió un indulto a una mujer que había sido condenada a 6 años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid por matar de una puñalada a su expareja en el año 2015 debido a los maltratos continuos que recibía de su parte.

El pasado lunes 10 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el real decreto que le concede el indulto parcial, el cual fue aprobado el pasado 7 de diciembre el Consejo de Ministros y está firmado por la ministra de Justicia, Dolores Delgado.

Este real decreto establece que se conmuta a Gloria Chochi Sambo la pena de privativa de libertad impuesta "por otra de cuatro años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años" desde el momento de la publicación del mismo en el BOE.

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Gloria Chochi Sambo ya había rehecho su vida tras haberse separado de la víctima, pero en septiembre de 2015, Williams fue al domicilio de la acusada donde la increpó y amenazó.

Fue el mismo tribunal que condenó a la mujer maltratada el que propuso al Gobierno central que la indultara de forma parcial una vez la sentencia fuera firme.

Según lo señaló el Ejecutivo, para tomar esta decisión se consideraron los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal.

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El fallo judicial recoge lo siguiente:

"Los hechos probados ponen de manifiesto que la víctima venía maltratando a la acusada desde hace tiempo, que su relación estaba rota y que cuando se produjo el mortal desenlace, la acusada no se encontraba en plenas facultades mentales, dado el temor que sentía respecto a Williams —el fallecido— lo que disminuía seriamente su capacidad de actuar".

LOS HECHOS

El fallo judicial también expuso que fue preciso tener en cuenta que tanto el relato de la ahora condenada como el de su hermana durante el juicio permitían considerar la "existencia de una situación de hartazgo y miedo" hacia la víctima.

Gloria Chochi Sambo ya había rehecho su vida tras haberse separado de la víctima, pero en septiembre de 2015, Williams fue al domicilio de la acusada donde la increpó y amenazó, llegando a arrancar una malla metálica que protegía las ventanas de su vivienda.

Según indica la sentencia, la mujer posteriormente pidió ayuda al presidente de la comunidad de vecinos, quien le convenció para que avisara a la Policía.

Imagen tomada de: Wikimedia Commons

Imagen tomada de: Wikimedia Commons

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En la primera ocasión que se presentaron los oficiales de policía, Gloria Chochi Sambo no presentó denuncia. Posteriormente su expareja acudió de nuevo al domicilio, donde se produjo una discusión con el fatal desenlace.

Según los hechos probados de la primera sentencia, estas fueron las palabras que usó Williams para amenazarla, según declararon los testigos:

“Abre la puerta que hoy te voy a matar, ya te dije que te iba a matar, me da igual que venga la policía, que hoy vas a perder todo, el hijo, la casa y todo”, le gritó desde la calle, con un cartón de vino en la mano.

Imagen tomada de: Wikimedia Commons

Imagen tomada de: Wikimedia Commons

El hombre intentó entrar por la fuerza y quemar una cortina a través de la ventana. Fue entonces cuando ella salió de la vivienda con un cuchillo de cocina de 17 centímetros de hoja y se lo clavó. Él murió "de modo prácticamente inmediato", según los hechos probados de la primera sentencia.

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OFUSCACIÓN MOTIVADA POR EL MIEDO

Debido a estos hechos, la Audiencia Provincial consideró que la acusada se hallaba en una situación de "ofuscación motivada por el miedo que no podía soportar de seguir recibiendo maltrato, esto es, agresiones, insultos y coacciones (la acusada incluso dijo que la obligaba a prostituirse y le quitaba el dinero que ganaba".

Sin embargo, "no puede conducir a una exención total de la responsabilidad de la acusada, pues ninguna pericia así lo considera", esto teniendo en cuenta la traducción jurídica del relato que se exponía.

Imagen tomada de: Flickr

Imagen tomada de: Flickr

Con respecto a esto, la Audiencia Provincial resaltó que el médico psiquiatra del centro penitenciario no encontró ninguna patología, y se señaló lo siguiente en la sentencia:

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"No estamos, pues, ante una persona con una enfermedad o alteración mental acreditada, sino con quien se vio impelida a actuar como lo hizo, ante el miedo que sentía ante el comportamiento de la víctima hacia ella (...) que arrastraba durante años de sufrimiento muy variado".

Sin embargo, no se anula la responsabilidad a la acusada, pues el tribunal afirmó que "alteración" no equivale a "pérdida de facultades intelectivas y volitivas".

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En un caso similar, un tribunal sudanés anuló una sentencia de muerte contra una joven que dice haber matado a su esposo cuando trató de violarla. La corte de apelaciones de Jartum reemplazó la pena de muerte con una sentencia de cinco años.

Un tribunal penal condenó a muerte a Noura Hussein, de 19 años, por asesinar a su marido. Esto provocó protestas y una campaña en línea bajo el hashtag #JusticeForNoura (justicia para Noura).

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Todo ocurrió después de que Hussein se vio obligada a contraer matrimonio por sus padres hace tres años y había huido inicialmente de su marido, negándose a consumar el matrimonio.

El esposo regresó con familiares, quienes sostuvieron a la joven mientras el hombre la violaba. Cuando estuvieron solos al día siguiente y él intentó violarla de nuevo, pero ella logró agarrar un cuchillo que él había usado para amenazarla y lo apuñaló.

En otro caso de abuso, una joven de 19 años compartió un vídeo en el cual habla de la agresión sexual de la cual fue víctima el pasado miércoles 5 de diciembre, y puedes conocer su historia aquí.

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