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La Audiencia Nacional desestima el recurso de Jorge Javier y ratifica la sanción de Hacienda

Mayra Pérez
15 ago 2020
10:40

Las merecidas vacaciones que disfrutaba Jorge Javier Vázquez se han visto interrumpidas abruptamente, luego de conocerse la decisión de la Audiencia Nacional.

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El recurso presentado por Jorge Javier Vázquez en contra de la resolución tomada por el Tribunal Económico-Administrativo Central ha sido desestimado por la Audiencia Nacional, por lo que deberá honrar las sanciones que le fueron impuestas en 2011.

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“Puede concluirse que la actividad podría haberse realizado directamente por la persona física, sin necesidad de actuar esta a través de una sociedad”, dice parte del texto de la sentencia a la que tuvo acceso 'Vozpópuli'.

Además, afirma el documento que Vázquez había incumplido "de forma consciente la normativa del IRPF" cuando facturó gran parte de los ingresos obtenidos en los años 2005, 2006 y 2007 a través de una sociedad instrumental.

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“Es innegable una estrecha vinculación entre las mismas y un conocimiento total y absoluto, por ambas, de las actividades de una y otra, así como de sus obligaciones y las consecuencias de su incumplimiento”, reza otra parte de la sentencia.

JORGE JAVIER SL

En al año 2011, la Agencia Tributaria comenzó a investigar las declaraciones de impuestos del presentador de Telecinco, descubriendo algunas irregularidades en los años mencionados.

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Aparentemente Vázquez había creado una sociedad llamada JORGE JAVIER SL, siendo propietario del 99,9% de las acciones de la misma, y a través de la cual reportaba el mayor porcentaje de sus ganancias personales. Esto le permitía pagar un 25% de los impuestos correspondientes, en lugar del 48% que le correspondía.

Esta acción generó el reclamo de Hacienda de un monto de 796.928,81 euros, y aunque Jorge Javier solucionó su irregular situación, quiso introducir un reclamo ante la Audiencia Nacional a fin de limpiar su nombre, demostrando su inocencia.

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Es importante recalcar que el presentador hacía dos declaraciones diferentes ante Hacienda. Una como persona física, donde sus ingresos eran fijos por un monto de 60 mil euros, y una a través de la sociedad instrumental por montos 10 veces superiores.

La sentencia está fechada en febrero de este año, y le abre la posibilidad a Jorge Javier de recurrir al Tribunal Supremo si sigue en su intento de demostrar que no cometió ninguna irregularidad en sus declaraciones de impuestos.

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