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El militar de La Manada puede reincorporarse al servicio activo

Un portavoz de Defensa informó de que la ministra, Margarita Robles, aplicará al militar lo previsto en el artículo 111.3 de la Ley de la Carrera Militar.

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El Boletín Oficial de Defensa (BOD) publicó que el soldado Alfonso Jesús Cabezuelo, uno de los cinco miembros de ‘la manada’ condenado a 9 años de cárcel por abusos sexuales continuados a una joven en los Sanfermines de 2016, se reincorporó el martes 10 de julio al servicio activo tras cumplir seis meses de suspensión de funciones.

En el BOD se informó que "la expresada situación surte efectos a partir del día 22 de junio", un día después de que se decretase su libertad provisional, y contra ella "se podrá interponer en el plazo de un mes" recurso de alzada, según constató el Diario.es gracias a documentación obtenida a través del buzón seguro y anónimo Fíltrala .

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Un portavoz de Defensa informó de que la ministra, Margarita Robles, aplicará al militar lo previsto en el artículo 111.3 de la Ley de la Carrera Militar.

Esta normativa contempla que la ministra de Defensa tome esta decisión evaluando "los hechos imputados, la trascendencia social y el interés del servicio, la prohibición de solicitar y obtener destino".

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Es decir, Cabezuelo estará en servicio activo, pero sin trabajar y cobrando la retribución básica y el complemento correspondiente a su empleo (sin una reducción del 25% como hasta ahora), pero no percibirá los complementos específicos asociados al destino al menos hasta que haya sentencia firme.

El abogado del militar, Agustín Martínez Becerra, confirmó al diario El País que a su defendido "le han informado verbalmente de que no está previsto que se le asigne un destino de momento".

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El Boletín Oficial de Defensa publicó el jueves 12 de julio una resolución que dispone que Cabezuelo "queda a disposición del general jefe del mando de personal del Ejército de Tierra y adscrito a efectos administrativos a la subdelegación de Defensa en Sevilla".

La suspensión de funciones para un militar es una medida cautelar temporal que solo puede durar un máximo de seis meses y se levanta "inexorablemente" transcurrido este plazo, según explicó Defensa.

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